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miércoles, 31 de agosto de 2011

¿HUBO O NO HUBO FRAUDE ELECTORAL?

Hubo o no, FRAUDE ELECTORAL?

Si “Los errores son muy grandes y afectan a todas las fuerzas
políticas”, si el Juez Manuel Blanco insistió en que fueron
“equivocaciones horrorosas, hubo errores muy gruesos”, y éstas no sólo
surgieron de los telegramas, sino de las actas del escrutinio, que
fueron notoriamente adulteradas, como las reiteradas conversiones del
“cero” en “ochos”, en diversas actas, para cuya comprobación no se
requiere de pericias caligráficas, por las burdas maniobras y ser tan
evidentes, aunque están al alcance del Juez por los correspondientes
peritos, auxiliares de la justicia. No se puede evitar un somero
análisis a la luz del carácter de instrumentos públicos que revisten
las actas de escrutinios, porque al estar incorporadas a expedientes
judiciales, son actas judiciales, según el inciso 4 artículo 979 del
Código Civil.-
La propia Cámara Electoral emitió un comunicado señalando que el único
recuento que importa es el definitivo que realizan los jueces, por
ende las actas de escrutinio, actas judiciales, no pueden ser
ignoradas por el Juez Blanco, y si están adulteradas, cabría su
interpretación de acuerdo a los artículos 292 y 293 del Código Penal:
“El que hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno
verdadero, de modo que pueda resultar un perjuicio, será reprimido
……………………………”……………….. el que insertare o hiciere insertar en un
instrumento público declaraciones falsas……………….”.
Si el propio Juez Blanco declaró que fueron “equivocaciones
horrorosas” y “los errores son muy grandes y afectan a todas las
fuerzas políticas. Se puede ser pícaro, pero no animal” (“La Nación”
del 27/8/2011), tales equivocaciones y errores no son picardías ni
simples irregularidades, constituyen verdaderas adulteraciones porque
se insertaron en un documento, declaraciones falsas en uno que debe
ser verdadero y la única forma de conocer la verdad es el recuento
definitivo por los jueces electorales, pues no queda otra alternativa
que la apertura de todas las urnas para saber la real verdad y dictar
entonces justicia. El Juez Blanco en “La Nación” del 13/8/2011, había
anticipado que era exclusiva responsabilidad de los Partidos Políticos
evitar el fraude.
Como Juez Electoral, en quien reside el Poder Jurisdiccional del
Estado de Derecho, para administrar justicia con absoluta verdad, no
puede negarse al debido control judicial y por parte de los fiscales
de los Partidos Políticos, para que precisamente, se corrijan en
tiempo y forma y de acuerdo a derecho, las “equivocaciones
horrorosas”, y “errores muy grandes”, que no dejarían ser inserciones
falsas o adulteraciones, tal como las tipifica el Código Penal.
(Artículos 292/293).-
Sólo corresponde la apertura de todas las urnas y la revisión judicial
para que tenga valor legal, el verdadero resultado electoral y no se
cause perjuicios que afectan a todas las fuerzas políticas.
       La responsabilidad exclusiva de evitar que las “equivocaciones
horrorosas” o “errores muy grandes” o adulteraciones o declaraciones
falsas, perjudiquen y afecten a todas las fuerzas políticas, es del
Juez Blanco.
Es inexcusable su deber de tener listo el escrutinio con verdad y
justicia, de lo contrario SERA JUSTICIA HABILITAR A TODOS LOS PARTIDOS
POLÍTICOS PARA LAS ELECCIONES DEL 23/10/2011. Si no lo hace ¿NO SERÍA
DENEGACIÓN de JUSTICIA?
       Si la justicia electoral no garantiza elecciones limpias, libres de
fraude, se viola la Constitución Nacional y se acrecienta la
pretensión de imponer la proscripción a los Partidos Políticos
minoritarios, violando la representación de las minorías, la
competencia exclusiva de los partidos para la Postulación de
candidatos y la igualdad ante la Ley (artículos 37, 38, 16 de la
Constitución Nacional y 59 de la Constitución Provincial de Buenos
Aires).-


Dr. Alberto ARAMOUNI
Ex–Diputado Nacional 1987/91

Dirigente de Proyecto Sur

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